Cambio de Comercializador - Energía
CAMBIO DE COMERCIALIZADOR
De acuerdo con el Artículo 53 de la Resolución CREG-156 de 2011.
El usuario tiene derecho a la libre elección del prestador del servicio conforme a la ley 142 de 1994 en su artículo 9 literal 9.2 que se reglamenta en la Resolución CREG-
108-97 Por la cual se señalan criterios generales sobre protección de los derechos de los usuarios de los servicios públicos domiciliarios de energía eléctrica y gas combustible por red física, en relación con la facturación, comercialización y demás asuntos relativos a la relación entre la empresa y el usuario, y se dictan otras disposiciones.
COMERCIALIZACIÓN DE ENERGÍA ELÉCTRICA: Actividad consistente en la compra de energla eléctrica en el mercado mayorista y su venta a los usuarios finales regulados o no regulados. Quien desarrolla esta actividad se denomina comercializador de energía eléctrica.
DISTRIBUCIÓN DE ENERGÍA ELÉCTRICA: Es la actividad de transportar energla a través de una red de distribución a voltajes iguales o inferiores a 115 kV. Quien desarrolla esta actividad se denomina distribuidor de energía eléctrica.
En la zona donde EMCALI es el Operador de Red existen 12 comercializadores de energía.
El contratoofrecido por EMCALI a sus clientes del mercado regulado es el Contrato de Condiciones Uniformes(CCU) el cual es consensual y de adhesión y los contratos para los clientes del mercado no regulado son contratos de suministro de energía acordado entre las partes.
REQUISITOS PARA CAMBIO DE COMERCIALIZADOR
Notificar a EMCALI la decisión de cambio de comercializador a través del nuevo proveedor y en ella autorizar a realizar el proceso con el proveedor actual autorización dada por el representante legal con sus respectivos soportes (copia de cédula y certificado de cámara de comercio). En dicha notificación indicar el contrato o suscriptor y dirección del mismo.
La documentación debe hacerse llegar a la Avenida 2 N # 7N - 45 Piso 2 Mezzanine.
EMCALI emitirá paz y salvo si amerita.
Para garantizar el pago de los valores no facturados, EMCALI expedirá factura con base en el promedio de consumo de los últimos 6 meses para que sea cancelada por el cliente previo al registro de la frontera comercial por parte del agente interesado.
Debe haber cumplido los plazos de permanencia mínima con el comercializador que le presta el servicio, de acuerdo con lo establecido en el artículo 15 de la Resolución 108 de 1997 y la Resolución 131 de 1998, o aquellas que las modifiquen o sustituyan.
Coordinar con el Operador de Red la instalación de losequipos de media e informar al comercializador para que esté presente.