Mecanismos de Proteccion

 

MECANISMOS DE PROTECCIÓN

 

Recuerda que tienes derecho a obtener información completa, oportuna y precisa sobre la prestación del servicio de energía, para ello podrás presentar peticiones, quejas y recursos.

Las peticiones puedes presentarlas por escrito o verbalmente y quien las recepciona expedirá una constancia de su recibo.

Las peticiones en interés particular, así como las quejas que presente un suscriptor y / o usuario en desarrollo de la ejecución del contrato de servicios públicos deberán ser resueltas dentro del término de quince (15) días hábiles, contados a partir de la fecha de su presentación.

Ingresa al Contrato de Condiciones Uniformes y conoce toda la normatividad relacionada con el derecho de petición.

 
  • Cláusula 57 (Peticiones, quejas y recursos)
  • Cláusula 58 (Procedencia), Cláusula 59 (Requisitos de las peticiones)
  • Cláusula 59 (Requisitos de las peticiones)
  • Cláusula 60 (Decisión de peticiones verbales)
  • Cláusula 61 (Cumplimiento de requisitos, peticiones incompletas o requerimiento de información adicional

Así mismo, cualquier información adicional relativa la Atención al Usuario, la encontrarás ingresando a nuestras secciones de: 

Atención al Usuario y Transparencia y Acceso a la Información Pública


 

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